top of page

Un PEMP para

Ambalema

Durante la tercera sesión de 2017 del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural -CNPC-, que se llevó a cabo en Bogotá, se aprobó el Plan Especial de Manejo y Protección —PEMP— del centro histórico del municipio de Ambalema, Tolima, que se puede consultar haciendo click en la portada.

​

Desde 2016 la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura, entendiendo la importancia del centro histórico de este municipio como contenedor de bienes y manifestaciones culturales que narran parte de la historia económica de Colombia durante los siglos XVIII y XIX, al igual que su reconocido papel en la conformación de Nación, por lo que priorizó la elaboración de su Pemp, mediante el cual, de manera conjunta entre la comunidad de Ambalema, el sector público del orden municipal, departamental y nacional, y la academia, se identificaron los valores patrimoniales de este lugar y se establecieron acciones tendientes a proteger, conservar y salvaguardar su patrimonio cultural.

Portada PEMP.png
Mapa PEMP.png

El centro histórico de Ambalema fue declarado Monumento Nacional, mediante el Decreto 776 del 2 de abril de 1980, hoy bien de interés cultural del ámbito Nacional. Estaba pendiente la elaboración del mismo, por lo que se realizaron actividades con la comunidad en conjunto con la Universidad de los Andes, que generaron además del documento una serie de materiales que puede revisar en esta página, donde podrá encontrar otros materiales creados por el ministerio sobre el patrimonio del municipio.

 

Mi municipio se convierte en el segundo centro histórico del departamento en tener su propio Plan Especial de Manejo y Protección. Este trabajo nos deja muchas enseñanzas ya que desde un principio siempre estuvo vinculada la comunidad quien empezó por reconocer los valores patrimoniales que tanto nos caracteriza
aseguró el Alcalde de Ambalema, Juan Carlos Chavarro Rojas.

¿Qué es un Pemp?

 

El Plan Especial de Manejo y Protección - PEMP, es el instrumento de planeación y gestión del Patrimonio Cultural de la Nación, mediante el cual se establecen las acciones necesarias con el objetivo de garantizar la protección, conservación y sostenibilidad de los BIC o de los bienes que pretendan declararse como tales si a juicio de la autoridad competente dicho Plan se requiere, en el marco del Decreto 1080 de 2015 ‘Decreto único reglamentario del sector cultura’.  Los PEMP, como instrumento del Régimen Especial de Protección de los BIC, deben:

 

• Definir las condiciones para la articulación de los bienes con su contexto físico, arquitectónico, urbano o rural, los planes preexistentes y su entorno socio-cultural, partiendo de la conservación de sus valores, la mitigación de sus riesgos y el aprovechamiento de sus potencialidades.

 

• Precisar las acciones de protección de carácter preventivo y/o correctivo que sean necesarias para la conservación de los bienes.

 

• Establecer las condiciones físicas, de mantenimiento y de conservación de los bienes.

 

• Establecer mecanismos o determinantes que permitan la recuperación y sostenibilidad de los bienes.

 

• Generar las condiciones y estrategias para el mejor conocimiento y la apropiación de los bienes por parte de la comunidad, con el fin de garantizar su conservación y su transmisión a futuras generaciones.

 

El Consejo Nacional de Patrimonio Cultural es el órgano encargado de asesorar al Ministerio de Cultura cuanto a la salvaguardia, protección y manejo del patrimonio cultural material e inmaterial de la Nación.

bottom of page